Como saben, el Reino Unido abandonará la Unión Europea, conocido como Brexit, el 31 de diciembre de 2020.
El resultado de las negociaciones del Brexit aún no se ha determinado, lo que significa que a día de hoy no hay acuerdos de transición acordados tras el Brexit.
Los fabricantes ubicados fuera de la Unión Europea deben designar a un representante autorizado, que debe estar establecido en la Comunidad Europea y esté explícitamente designado para actuar y ser atendido por las autoridades y organismos de la Comunidad Europea con respecto a las obligaciones del fabricante en virtud de la directiva.
Recuerde que, a menos que el resultado de las negociaciones del Brexit establezca una disposición específica, los Representantes Autorizados ubicados en Gran Bretaña (GB) dejarán de cumplir con la definición de Representante Autorizado tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea el 31 de diciembre de 2020.
Dado que solo hay un tiempo limitado hasta que se produzca el Brexit, se le recomienda encarecidamente que considere la posibilidad de disponer de un Representante Autorizado en la Comunidad Europea para el acceso continuo al mercado europeo, si aún no lo ha hecho.
Se requiere la aprobación del Representante Autorizado bajo el alcance de su certificación CE con BSI NL (2797). Se requerirán cambios en su certificación CE aprobada tras una revisión de las etiquetas representativas, la Información para los usuarios, el borrador de la Declaración de conformidad y el contrato entre el fabricante y el Representante autorizado de la UE.
Si desea solicitar la aprobación de un Representante Autorizado, complete el formulario de solicitud de cambio (MDF4900) y devuélvalo a su persona de contacto de BSI.