Ampliación de los plazos de transición al IVDR
El 9 de julio de 2024, el Reglamento (UE) 2024/1860 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) con efecto inmediato.
Reglamento de Diagnóstico In Vitro (IVDR)
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El Reglamento sobre Diagnóstico In Vitro (IVDR) sustituyó al IVDD y entró en vigor el 26 de mayo de 2017, con el 26 de mayo de 2022 como fecha de entrada en vigor. En marzo de 2023, el IVDR se modificó en lo que respecta a las disposiciones transitorias para determinados productos sanitarios de diagnóstico in vitro (IVD) en el artículo 110(4) con la eliminación del periodo de venta para evitar la eliminación innecesaria de productos sanitarios de diagnóstico in vitro seguros que aún se encuentran en la cadena de suministro mediante (UE) 2023/607. El 9 de julio de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Comisión Europea (UE) 2024/1860, que modifica y amplía los periodos transitorios establecidos en el Reglamento sobre IVD.
Solo los productos heredados, es decir, los productos amparados por un certificado expedido antes del 26 de mayo de 2022 o una declaración de conformidad elaborada antes del 26 de mayo de 2022 con arreglo a la Directiva IVD, y considerados válidos en virtud del artículo 110 3 bis y 3 ter, podrán beneficiarse del periodo transitorio ampliado si:
Si se cumplen los requisitos anteriores, en función de la clase de riesgo del producto, el periodo transitorio se amplía hasta:
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